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Aprobada ley que protege la función de recolectores de residuos domiciliarios

Por Mario Guarda / 12 de octubre de 2025 | 20:14
Los recolectores de residuos domiciliarios enfrentan condiciones hostiles para realizar su función. Créditos: www.gob.cl
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El Congreso aprobó ley que reconoce la función de los recolectores de basura y establece obligaciones para la protección de su salud y seguridad laboral.
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Este miércoles 8 de octubre, la Sala del Senado aprobó de forma unánime el proyecto que reconoce la función de las y los recolectores de residuos domiciliarios y establece obligaciones para la protección de su salud y seguridad en el trabajo.

La iniciativa quedó en condiciones de ser remitida al Presidente de la República para su firma y promulgación como ley, reconociendo y valorando la importancia de la labor de recolección de los residuos sólidos domiciliarios, efectuada por las recolectoras y los recolectores.

Esta denominación comprende a las barredoras y barredores, conductoras y conductores, y peonetas en camiones recolectores, para lo cual se establece un estatuto legal propio en lo relativo a las condiciones sanitarias, ambientales y de seguridad en las que desarrollarán sus labores.

Los recolectores de residuos domiciliarios enfrentan condiciones hostiles para realizar su función, tales como:

  • Exposición directa con residuos domiciliarios y gases tóxicos.
  • Temperaturas y condiciones climáticas extremas.
  • Residuos peligrosos (sustancias tóxicas, materiales que pueden ocasionar heridas graves y exposición a materiales biológicos).

Además, los trabajadores de esta área tienen acceso limitado a servicios sanitarios.

¿Qué dice la nueva ley?

El proyecto dispone que las entidades contratantes, los municipios o los gobiernos regionales, deberán elaborar y poner a disposición de las y los recolectores un protocolo de prevención y gestión de riesgos, como también ser capacitados en materia de seguridad y salud en el trabajo, y que se les entregue elementos de protección personal.

Se creará un reglamento, dictado por el Ministerio del Trabajo y el de Salud, que obligará a los empleadores a proveer agua potable, acceso a servicios higiénicos, y espacios habilitados para comer y cambiarse de ropa.

Las bases de licitación de los servicios de aseo deberán priorizar a las empresas que ofrezcan las mejores condiciones laborales, con especial énfasis en salud y seguridad.

El empleador estará obligado a realizar capacitaciones para que los trabajadores sepan cómo acceder al seguro de accidentes y enfermedades profesionales (Ley N°16.744), y tendrán derecho a un examen anual y gratuito de medicina preventiva.

Las empresas deberán contar con un plan de respuesta ante emergencias, que deberá considerar no solo accidentes laborales, sino también actos de agresión cometidos por terceros.

Cuando una nueva empresa se adjudique una licitación, deberá iniciar el trámite para que labores como la de "peoneta" sean calificadas como trabajo pesado, lo que es fundamental para las pensiones de los trabajadores.  Recibe nuestras noticias en: WhatsApp | Instagram | Newsletter.

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