Avisos legales
Fecha: 27 de marzo de 2024
Notificación por Aviso
Notificación y requerimiento de pago causa rol C-854-2022 “Banco de Crédito e Inversiones con Contreras” - Primer Juzgado Civil de Coyhaique
Notificación y requerimiento de pago por avisos a Susana del Carmen Contreras Cespedes, cédula N° 13.694.692-7. Causa rol C-854-2022 “Banco de Crédito e Inversiones con Contreras”. El Primer Juzgado Civil de Coyhaique con fecha 23 de noviembre de 2023, resuelve: Atendido el mérito de los autos, del cual se extrae que se han agotado las instancias de búsquedas respecto de la demandada/ejecutada, visto lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil y considerando que concurren las circunstancias legales exigidas al efecto se resuelve: Que se accede a lo peticionado y se ordena se notifique la demanda subjudice y se requiera de pago a la ejecutada, mediante la inserción de un aviso en el Diario Oficial, ya sea en el día 1 o 15 de cualquier mes, o al día siguiente, si no corresponde publicación en las fechas indicadas y de tres publicaciones en el diario de circulación de esta ciudad Diario Aysén , todo con estricta sujeción a lo estatuido en el referido artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto al requerimiento de pago, el cual como actuación procesal, según lo dispuesto en el artículo 443 N°1 del Código de Procedimiento Civil, debe practicarse por ministro de fe, cítese a la ejecutada doña Susana del Carmen Contreras Céspedes, cédula de identidad 13.694.692-7, a la audiencia del quinto día, o al día hábil siguiente, si aquel recayere en sábado o festivo, a las 10:00 horas, después de su notificación, en dependencias del Tribunal, a efecto de ser requerido de pago, de conformidad al mandamiento de Folio 1, del cuaderno de apremio, por la señora Secretaria del Tribunal, en su calidad de ministro de fe, bajo apercibimiento de efectuarse el requerimiento de pago en su rebeldía, en caso de su no comparecencia. Que teniendo presente que la diligencia en cuestión, esto es, el requerimiento de pago, es conjuntamente con la notificación de la demanda, en este tipo de procedimiento ejecutivo, parte del acto complejo que conforma el emplazamiento de la parte ejecutada, por lo que se entiende que se trata de la primera notificación de la causa y visto lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, inclúyase, para los efectos legales correspondientes, la citación precedente en la notificación por avisos decretada. Confecciónese extracto por la señora Secretaria Subrogante. Cuantía demandada $ 3.087.628 más intereses y costas. Con fecha 10 de febrero de 2023 en cuaderno de acumulación Tribunal resuelve: Que se acoge el incidente de acumulación deducido por el apoderado de la parte ejecutante, en su presentación de folio 2, ordenándose seguir adelante con la tramitación, debiendo acumularse la causa C-927-2022, a la presente causa rol C-854-2022, ambas tramitadas ante este Tribunal. Cuantía demandada en causa C-927-2022 $ 1.747.250 más intereses y costas.

Enlace de este aviso: http://www.diarioregionalaysen.cl/legales/notificacion-y-requerimiento-de-pago-causa-rol-c-854-2022-banco-de-credito-e-inversiones-con-contreras-primer-juzgado-civil-de-coyhaique/3987/2024-03-27

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