Emergencias
Por Pablo Santiesteban , 22 de abril de 2021

Condenan a 10 años a autor de homicidio calificado

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La audiencia del Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique realizó el juicio por vía remota. (Foto de Corte de Apelaciones de Coyhaique).
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Adolescente de 17 años fue encontrado culpable de la muerte de Rudy Catalán, de 80 años, y además se condenó a otro adulto por encubrir a quien perpetró el crimen.

Condenado a 10 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social quedó el imputado de 17 años, autor del delito de homicidio calificado (alevosía) de un adulto mayor de 80 años. El hecho ocurrió el 1° de noviembre del año 2020 en Coyhaique y el agredido falleció el día 4 del mismo mes en el Hospital Regional. Un segundo imputado fue condenado como encubridor a 5 años de presidio menor en su grado máximo con el régimen de libertad vigilada intensiva. 

Al juicio concurrió el fiscal Alex Olivero y la investigación fue dirigida por el fiscal José Moris con Carabineros y la Brigada de Homicidios de la PDI.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Pablo Freire Gavilán (presidente), Rosalía Mansilla Quiroz y Mónica Coloma Pulgar (redactora)– ordenó al centro de internación respectivo, la elaboración “un programa de intervención para el cumplimiento de la sanción, que cumpla con las exigencias legales, el que deberá ser remitido a este tribunal para su aprobación. Ofíciese al encargado de dicho centro y a la Coordinadora Judicial del Servicio Nacional de Menores”.

En la causa, el tribunal condenó al acusado adulto Marco Antonio Monfil Cárdenas a la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de encubridor del delito. Periodo durante el cual, el condenado Monfil Cárdenas estará sujeto “a un programa de actividades orientado a su reinserción social en los términos que dispone la Ley 18.216 en sus artículos 14 y 15 bis, con sujeción de un delegado de Gendarmería de Chile, debiendo cumplir las condiciones que indica el artículo 17 y, además, como condición especial del artículo 17, se impone la obligación de permanecer en su domicilio todos los días desde las 22 horas de cada día hasta las 6 horas del día siguiente, por el tiempo de la pena sustitutiva aplicada, medida que deberá ser cumplida en el domicilio”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado adulto para determinar su huella genética e incorporación al registro nacional de ADN de condenados.

En el caso de la acusada Tomasa del Carmen Haro Vargas, el tribunal decretó, por falta de pruebas, su absolución de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, que la sindicaban como coautora del delito de homicidio calificado.

LOS HECHOS

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 6 horas del 1 de noviembre de 2020, “encontrándose la víctima Rudy Catalán Catalán en su domicilio, ubicado en calle Panguilemu Nº1673 de la ciudad de Coyhaique, llegó al lugar Tomasa del Carmen Haro Vargas y posteriormente el adolescente (…), y momentos después este último procede a golpear con un palo de escobillón a la víctima en su cabeza, partiéndose el palo, luego le quita a ésta un cuchillo que mantenía en el cinto, realizándole cortes en la cabeza, aprovechando el agresor que la víctima se encontraba sentada en un sillón, y que producto de su condición física y avanzada edad –80 años–, no tenía la posibilidad de levantarse de dicho lugar y repeler el ataque, actuando sobre seguro.

Producto del ruido de la agresión, despertó Marco Monfil Cárdenas que dormía en una habitación del domicilio señalado, y en momento que el adolescente agredía con el cuchillo a la víctima, se lo quita; procediendo Monfil Cárdenas a acomodar a la víctima en el sillón, y posteriormente, junto al adolescente y doña Tomasa salen del domicilio.

Sin embargo, (…) se devuelve al domicilio, y actuando sobre seguro, ya que la víctima hacía herida en el sillón, y nuevamente lo agrede con golpes de objetos contundentes, entre ellos una guitarra que quedó destruida en el lugar producto de la violencia utilizada, retirándose nuevamente del inmueble el adolescente, juntándose con las otras dos personas en la calle.

Posteriormente, el acusado Monfil Cárdenas facilitó su domicilio ubicado en kilómetro 3 del sector El Arenal, para que el agresor (…), se ocultara, recibiendo noticias del estado de salud de la víctima, hasta que ésta finalmente falleció el día 4 de noviembre de 2020 a las 21.20 horas en el Hospital Regional de Coyhaique, producto de las policontusiones derivadas por la agresión”.

 

 

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