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Por Pablo Santiesteban , 12 de septiembre de 2022 | 16:32

Condenan a libertad vigilada intensiva a autores de tráfico de drogas

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El Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique extendió la condena de libertad vigilada por 4 años a dos autores de tráfico de droga en Puerto Aysén. Crédito: cedida.
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La condena se extenderá por cuatro años según determinó el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique condenó a Juan Carlos Leal Flores y Sixto Antonio Violante Almazabal a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, en calidad de autores del delito consumado de tráfico de drogas, perpetrado en abril del año pasado en Puerto Aysén.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Pablo Freire (presidente), Mónica Coloma y Rosalía Mansilla (redactora)– aplicó, además, a Leal Flores y Violante Almazabal las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas; más el pago de una multa.

Para el cumplimiento de la pena sustitutiva, Juan Carlos Leal y Sixto Violante, quedarán sujetos a la vigilancia y orientación de un delegado de Gendarmería y tendrán que mantener una residencia, ejercer profesión o trabajo bajo modalidades que se determinen en el plan de intervención.

Asimismo, el tribunal impuso a los sentenciados la condición del artículo 17 letra c); es decir, la obligación de mantenerse en sus domicilios por el lapso de ocho horas continuas, desde las 10 de la noche y hasta las 6 de la mañana del día siguiente. Además, se decretó el comiso de las especies incautadas.

En la causa, el tribunal decretó la absolución del acusado Nicolás Alejandro Catelicán Talcao, al haberse acreditado que la cantidad de droga decomisada en su domicilio era para su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo.

De acuerdo a la investigación, Juan Carlos Leal Flores el día 23 de abril de 2021, concurrió a las oficinas de Correos de Chile, sucursal Puerto Aysén, y procedió retirar una caja contenedora de una encomienda, la cual transportaba al momento de ser fiscalizado por carabineros en la vía pública de esa ciudad.

Luego de una revisión efectuada por personal de carabineros de las encomiendas existentes en dichas oficinas, y luego que el can detector de drogas, de nombre Gazú, efectuó una marcación activa de la caja, con la autorización judicial respectiva, se constató la presencia de un total de seis paquetes contenedores de una sustancia vegetal correspondiente a marihuana, con un peso de 482 gramos netos.

El retiro de la encomienda había sido coordinado previamente por Sixto Violante Almazabal con el acusado Leal Flores, poniéndose de acuerdo para que ello se concrete, y se realice el traslado o transporte de la misma por Leal Flores.

Se acreditó que previa autorización judicial de entrada y registro al domicilio de Nicolás Catelicán Talcao, en el dormitorio de este acusado, en una cómoda, se encontró la cantidad de 12,17 gramos netos de una sustancia vegetal que analizada se estableció que correspondía a cannabis y que mantenía para su consumo personal para aliviar dolores de enfermedades que padece, según declaró.

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